En el post de la semana pasada abordaba el tema de la conveniencia de ir acompañado de un abogado al Juicio por delito leve aunque la ley no exija ir asistido de este profesional, pues entiendo que siempre es conveniente hacerlo así para evitar problemas futuros. Pero soy consciente de que incluso en el mismo Juzgado, con buena voluntad, se recomienda lo contrario entendiendo que le va a costar más el abogado que una posible condena.
No se puede generalizar y hay casos que se podría prescindir del abogado, en función de la experiencia del cliente en otros asuntos parecidos, su soltura y desparpajo a la hora de expresarse en público, etc. Pero por regla general es conveniente que en las relaciones de los ciudadanos con la Administración de Justicia vayan asesorados y arropados por un abogado, para garantizar que sus derechos serán convenientemente defendidos.
¿Son muy caros los honorarios de un abogado?
La respuesta a esta pregunta es: DEPENDE.
Lo primero que debemos saber es que la regulación de los honorarios de los abogados, o lo que es lo mismo ( la retribución o precio que se paga al profesional liberal, en este caso el abogado, por los servicios prestados), ha sufrido en los últimos veinte años una serie cambios que han dado lugar a una situación en la que prevalece el principio de libertad de fijación y establecimiento de la cuantía y el régimen de los honorarios (con respeto, en todo caso a las normas deontológicas y sobre competencia desleal). Es el mercado el que manda. No hay mínimos ni máximos, ni orientación colegial, salvo para los procesos de tasación de costas y reclamaciones de honorarios conforme al artículo 35 de la LEC. Tampoco hay que perder de vista la proliferación de despachos de abogados que se anuncian en internet y que ofrecen sus servicios especializados en todo el territorio nacional a precios muy competitivos.
Por lo tanto, no existen unas normas que regulen o establezcan lo que un abogado debe cobrar a su cliente. El abogado cobrará en función de una serie de criterios, por lo que es conveniente, antes de encomendar un procedimiento pactar con el abogado los honorarios que nos va a cobrar por su gestión, de forma que no haya sorpresas indeseadas de última hora.
¿qué criterios se pueden tener en cuenta por un abogado a la hora de fijar los honorarios?
1. Tiempo empleado. No es lo mismo un asunto que se resuelve con apenas dos visitas que un asunto que requiere gestiones extrajudiciales, judiciales, a lo largo de los meses… e incluso de los años.
2. Grado de dificultad del asunto a tratar.
3. Trabajo efectivamente realizado.
4. Cuantía del asunto.
5. Precio medio de la zona para el mismo procedimiento.
6. La urgencia del asunto. (A veces se encomienda el asunto en fechas límite lo que obliga al letrado a abandonar otros asuntos y centrarse en ese para evitar la prescripción de plazos).
7. El grado de especialización del abogado en ese tipo de asuntos. La reputación, habilidad y reconocimiento del abogado. (No es lo mismo encomendar el asunto a un abogado novel que quiere ir consiguiendo reputación y clientela que a un abogado con una larga trayectoria y reconocimiento profesional en ese ámbito concreto).
8. El grado de atención personalizada que requiere ese cliente. (Hay clientes que apenas requieren atención y otros que necesitan contacto permanente con su letrado).
9. La relación con el cliente. (Cliente habitual, familiar, amigo…)
10. Lo deseable o indeseable que pueda ser llevar ese asunto (existen pleitos que dan prestigio y que puede ser interesante llevarlos desde el punto de vista de publicidad y otros que, al contrario, no son agradables de defender).
11. El resultado del pleito. Los abogados tenemos la obligación de actuar de forma correcta y diligente, pero cobramos nuestros honorarios en función únicamente del resultado, sino del trabajo realizado, pero es cierto que, si el resultado no es el esperado, se puede graduar el importe de la minuta.
Todos estos criterios, o algunos de ellos, pueden ser tenidos en cuenta a la hora de establecer los honorarios de un abogado. Siendo conveniente, como ya se ha dicho, pactarlos antes de iniciar la actuación.
Así a modo de resumen podemos decir que:
- Pueden ser pactados libremente por el abogado y el cliente.
- No se deben a unos precios mínimos o máximos.
- Deben ser tenidas en cuenta las circunstancias del asunto.
- Los presupuestos sobre el coste de un asunto son gratuitos. Y no obligan al cliente a aceptarlos. Siendo libre de solicitar otros presupuestos.
- Existen ciertas variables o criterios que ayudan a la fijación de los honorarios del abogado y el cliente y que es conveniente conocer de antemano.
- A veces invertir en prevenir es mucho más rentable que luego reparar, porque no siempre tiene solución posterior.
Rosa Pilar Sáez, 30/05/2017
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