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Rosa Pilar Sáez

Despacho de Abogados en Albacete.

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Nuestro cuerpo nos delata

Nuestro cuerpo nos delata

Nuestro cuerpo nos delata

Ha llegado a mis manos, por casualidad, un Auto de la A. P. de Barcelona, que me ha interesado mucho, no por su contenido legal o jurídico, sino porque tiene relación directa con el apasionante tema de la comunicación no verbal y cómo nuestro cuerpo habla y manda señales sobre lo que realmente pensamos o sentimos, sin que nos resulte fácil de controlar.

Esta resolución desestima un recurso de apelación presentado por el padre de una menor de siete años contra una medida cautelar de suspensión del régimen de visitas.

El padre había sido denunciado en el año 2006, por la madre, por abusos sexuales, aunque dicha denuncia fue archivada (imagino que porque no se debieron probar los abusos) pero supuso una interrupción de tres años del régimen de visitas aprobado judicialmente. Después se retomó de forma progresiva para favorecer y restaurar las relaciones entre el padre y su hija.

El régimen de relación paterno -filial que se venía ejecutando consistía en dos horas dos veces a la semana en el punto de Encuentro Familiar de la Cruz Roja de Sant Cugat del Vallés – Rubí, ampliado ligeramente tras los tres meses iniciales, a la vista del informe favorable de ese centro, emitido en el año 2011.

Sin embargo en un segundo informe, elaborado  un año después de aquel, se relatan diversos juegos y actitudes inapropiados, con matices sexualizados, del padre con la niña en la sala donde se producían las visitas, monitorizadas – con pleno conocimiento del padre – por profesionales del centro a través de un vidrio unidirecional y una cámara de observación (sin grabación). En dos ocasiones las psicólogas refieren sendas erecciones del progenitor visibles, especialmente una, por el tipo de atuendo que llevaba.

El Juzgado considera que las profesionales del punto de encuentro actuaron lealmente y de forma correcta desde un punto de visa profesional. Conocían los antecedentes de la denuncia de abusos sexuales archivada. Según su misión, iniciaron su intervención para facilitar y hacer progresar la relación entre el progenitor y la niña,  en vista de los informes del SATAF (Servicio de Asesoramiento Técnico a la Familia) y la resolución judicial en ejecución. Informaron de manera positiva al juzgado en octubre 2011, pues, aunque tenían indicios subjetivos de conducta inapropiada en las visitas, no tenían base objetiva para informar negativamente.

Para confirmar o desvirtuar esas impresiones subjetivas, diseñaron una nueva aproximación consistente en dejar más libertad de acción, sin consignas previas ni posteriores a las visitas, para ver cómo se comportaba el padre con la niña en ese entorno más libre, aunque igualmente monitorizado.

Los juegos que relatan en su informe son, objetivamente, normales, con interrelación física de padre e hija (esta montando a caballo en la espalda del padre, este cogiéndola en brazos, etc) pero con una figuración verbalizada altamente significativa (ficción de ser la niña una novia llevada en brazos del novio por la noche de bodas, temática reiterada sobre novios, alusiones a la ropa interior, etc). Incluso si estos temas aparecían por iniciativa de la niña, el padre no moderaba su reiteración.

El efecto psico – físico en el padre fue en dos ocasiones la erección. El testimonio de ambas peritos, que presenciaron cada una un episodio, fue claro, contundente, detallado y plenamente creíble.

La conjunción de todo lo anterior lleva a este Juzgado de Barcelona a la plena convicción de la sexualización de la relación paterno – filial, que justifica la suspensión cautelar adoptada de suspensión del régimen de visitas.

En este caso, y por lo que a comunicación no verbal interesa, se evidencia claramente cómo, dos peritos, (de cuya imparcialidad no debemos dudar), en un principio, pese a no tener datos objetivos, «intuyen» que algo en la relación entre el padre y la hija no funciona correctamente. Seguramente, aunque no se dice en la resolución, percibían señales de comunicación no verbal que les hacían sospechar que el comportamiento del padre con la niña no era el esperado para una relación paterno – filial sana. Lo que les hace prestar más atención, estar más alerta, dar más libertad de movimientos al sujeto observado, hasta detectar unos signos inequívocos de que esos juegos mantenidos entre el padre y su hija estaban siendo sexualizados por el padre, como es el caso de conseguir en dos ocasiones la erección.

Su cerebro límbico, el responsable de las emociones, enviaba señales de excitación que fueron captadas por las peritos. Siendo estas emociones incongruentes con las esperadas entre un padre y una hija de siete años. Lo que hizo saltar las alarmas y lo que llevó a las peritos a desaconsejar la ampliación de ese régimen de visitas y aconsejar su suspensión.

Como señalan numerosos expertos en la materia, cuando existe contradicción entre la comunciación verbal y la no verbal, hay que otorgarle mayor credibilidad a la segunda, porque es la más sincera y la más difícil de controlar.

Auto AP. Barcelona 199/2012, de 17 de julio.

Rosa Pilar Sáez Gallego. 1/4/2016

 

 

Archivado en:Novedades Etiquetado con:abusos, comunicación, detección, no verbal

Acerca de Rosa Pilar Sáez
Abogada especialista en derecho de familia y penal.
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© 2021 · Rosa Pilar Sáez. Abogada. · Col.1981 · ICALBA · Especialista en Derecho de Familia y Penal.

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